El presidente Gustavo Petro y su gabinete firmaron el Decreto 0612, que establece las reglas y disposiciones para el correcto desarrollo de las elecciones del próximo domingo 21 de junio.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, explicó que esta normativa introduce cambios importantes: las empresas de transporte público deberán prestar su servicio al 100 % de su capacidad, cumpliendo rutas, horarios y frecuencias autorizadas. El incumplimiento podrá derivar en el cierre de la empresa, con el fin de evitar que se desvíen vehículos para usos particulares o políticos.
Además, se ordenó que ninguna alcaldía podrá prohibir el acompañante en motocicletas, ya que son un medio esencial para que los ciudadanos lleguen a sus puestos de votación. Solo se podrán aplicar restricciones de circulación si existen motivos comprobados de alteración del orden público.
Principales medidas
✅ Transporte: Servicio obligatorio al 100 % de la capacidad en zonas urbanas, veredales e intermunicipales.
✅ Circulación: Se elimina la prohibición general del parrillero en moto; cualquier restricción requiere justificación legal.
✅ Ley seca: Desde las 6:00 p.m. del sábado 20 de junio hasta las 12:00 de la noche del lunes 22 de junio.
✅ Cierre de fronteras: Desde las 6:00 p.m. del 20 de junio hasta las 6:00 a.m. del 22 de junio.
✅ Uso de dispositivos: Entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. está prohibido usar celulares, cámaras o grabadoras dentro de los puestos de votación, salvo para mostrar la cédula digital o por parte de medios de comunicación y funcionarios autorizados. Testigos y observadores podrán usarlos solo después del cierre de la votación.
✅ Propaganda: Queda prohibida toda publicidad política, entrevistas o manifestaciones de apoyo el día de las elecciones. Solo se permite una referencia de hasta 10 cm, guardada en lugar no visible, para identificar la opción de voto.





