A partir de hoy 25 de diciembre de 2025, entrará en vigor una nueva normativa laboral que reajusta la jornada nocturna, comenzando a las 7:00 p. m.. Esta modificación es parte de la Ley 2466 de 2025, que busca mejorar las condiciones laborales en Colombia. Bajo esta ley, la jornada diurna se definirá entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que el trabajo nocturno se entenderá como el realizado entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente.
Recargo Nocturno
El recargo nocturno, que se aplicará a todas las horas trabajadas en este horario, corresponde a un 35% adicional sobre el valor de la hora ordinaria. Para calcular este recargo, se toma el salario mensual del trabajador, se divide por el número total de horas laborales, y se multiplica por 0.35. Por ejemplo, un trabajador que devenga un salario mínimo, que actualmente es de aproximadamente $1.000.000, ganará por hora nocturna alrededor de $8.735, lo que representa un aumento significativo para quienes trabajan en turnos nocturnos.
Excepciones a la Normativa
Es crucial tener en cuenta que no todos los trabajadores están bajo la misma normativa. La ley contempla varias excepciones:
– Regímenes Especiales: Los empleados en sectores como salud y seguridad pueden tener regulaciones particulares.
– Turnos Sucesivos: Para trabajadores en turnos de máximo seis horas diarias y 36 horas semanales, la ley no contempla el pago del recargo nocturno.
– Empleados Públicos: Estos trabajadores están sujetos a normativas especiales y no se aplican automáticamente los cambios de la ley.
Qué Hacer en Caso de Incumplimiento
Si un trabajador no recibe el pago correspondiente del recargo nocturno, lo primero que debe hacer es presentar una solicitud formal a su empleador. Si la situación no se resuelve, puede elevar una queja ante el Ministerio del Trabajo. Este organismo está disponible para ofrecer orientación y asistencia. Los trabajadores pueden comunicarse al 01 8000 513 100 o marcar 120 desde un celular para recibir ayuda.
Jornada Laboral Máxima
Además del recargo nocturno, la reforma laboral también establece que la jornada laboral máxima será de 42 horas semanales. Estas horas podrán distribuirse en 4 a 6 días de trabajo, siempre que haya un acuerdo entre el empleador y el trabajador.
Con estos cambios, el Gobierno busca no solo regular las condiciones laborales, sino también asegurar un mejor equilibrio entre la vida personal y profesional de los trabajadores colombianos.









